Buscar este blog

lunes, 6 de octubre de 2008

Acuerdo Diplomático entre N i N y Huetar de Occidente

El día de hoy el Ministerio de Relaciones Exteriores informaron de la firma del Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre la República Popular Socialista Huetar de Occidente y Estados Soberanos de Naiscenssé i Naixent.

Esperando que sea el principio de una relación duradera y provechosa para ambas naciones; a continuación se publica el tratado firmado:

Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre
los Estados Soberanos de Naiscenssé i Naixent y República Popular Socialista Huetar de Occidente

Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:

Uno. Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.

Dos. Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos, sin inmiscuirse en los asuntos internos de la otra.

Tres. Ambas naciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente. Se establecerán inmediatamente firmado este acuerdo respectivos embajadas en cada capital de micronación.

Cuatro. Ambas naciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente y obligatoriamente el vinculo.

Cinco. Para retirarse de este tratado bastará con enviar previamente con 72 horas de antelación un simple correo electrónico, salvo que se incumpla alguno de los articulo uno, tres y cuatro que supondría la automatica suspension de relaciones diplomaticas con el envió de un simple correo electrónico.

Se firma el presente Tratado el día 06 de Octubre del 2008

Por los Estados Soberanos de Naiscenssé i Naixent: Victoria Valeria del Delfinat, Valente de la República.
Por la Repúb.Pop.Soc.Huetar de Occidente: Sr. Alonso Castro Briceño, Presidente de la RPSHO

No hay comentarios:

Premios Otorgados

Premios Otorgados
Premios Lucero Agosto del 2010